Con el Boletín Oficial de la República Argentina, fue difundido el 29 de noviembre por la mañana la Decisión Administrativa 1163/2021. Dicho comunicado detalló que todos los pasajeros que quieran entrar en Argentina y procedan de África o hayan estado en este continente durante los últimos 14 días antes de su viaje a la República Argentina deberán cumplir con un aislamiento obligatorio correspondiente a las recomendaciones realizadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) ante la aparición de la nueva variante Ómicron en Sudáfrica.
Además de cumplir con la cuarentena, los turistas que ingresan al territorio deberán tener el esquema de vacunación contra coronavirus completo al menos 14 días antes de su llegada al país y tendrán que presentar una prueba PCR de resultado negativo realizada con no más de 72 horas de antelación al viaje, según expresan datos de Mensajero. Junto a esto, al momento del ingreso deberán realizarse un test de antígenos y a los extranjeros no residentes también les solicitarán un seguro de salud contra COVID-19 que cubra los servicios de internación en caso de contraer el virus.
Cuando hayan pasado 10 días de la fecha de realización del test PCR en el país de origen, quienes provengan de África o hayan pasado las últimas dos semanas antes del viaje en dicho continente, deberán presentar una segunda prueba para finalizar con el aislamiento obligatorio una vez que esta haya resultado negativa.
Según expresa la norma comunicada por las autoridades “los casos han aumentado” en el territorio argentino, “coincidiendo temporalmente con la detección de esta nueva variante”, sobre la cual informaron que “el primer aislamiento fue el 11 de noviembre en Botswana, y luego el 14 de noviembre en Sudáfrica, y ha llegado en algunas regiones a ser la variante predominante”, y que ya fueron confirmados “casos importados en Bélgica, Israel y Hong Kong”.
En este marco, el Poder Ejecutivo recordó sobre quienes deban cumplir con la cuarentena según lo mencionado, que la disposición de llevar a cabo este requisito está previsto en el artículo 7° inciso “d” del Decreto 260/2020, con el cual queda establecido que quiénes provengan de zonas afectadas o hayan transitado por las mismas deberán aislarse.
Por su parte, la Decisión Administrativa, mediante el artículo 2, habilita al Ministerio de Transporte de Argentina a suspender las autorizaciones y permisos que puedan haberse realizado en operaciones de transporte aéreo de pasajeros en vuelos directos originarios de África. Sin embargo, quedarán exceptuados de la norma los vuelos que lleguen a la región argentina dentro de las 48 horas previas a la entrada en vigencia de la medida.
Del mismo modo, con el artículo 4 queda confirmada la suspensión de la habilitación para que las tripulaciones de buques que provengan o hayan estado en África en los últimos 14 días puedan hacer relevos de sus miembros en puertos argentinos, salvo en aquellos autorizados expresamente para lo cual deben haber sido declarados como corredor seguro por la Jefatura de Gabinete.
La nueva medida quedó confirmada con las firmas de autoridades argentinas en esta Decisión Administrativa, entre las cuales figuran la del jefe de Gabinete, Juan Manzur, el ministro del Interior, Eduardo “Wado” De Pedro, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.